RESOLUCIONES

Resolución Nº 373

DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS

Fecha de publicación
2 de octubre de 2026
Fecha de la norma
29 de septiembre de 2026
Referencia documental
Boletín Nº 32.690 · páginas 31–33
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Resolución N°: 373 MENDOZA, 29 DE SETIEMBRE DE 2026 VISTO el EX-2026-7650533- -GDEMZA-MESA#DGE, mediante el cual se tramita la propuesta de creación de la Tecnicatura Superior en Producción de Cannabis y Cáñamo, perteneciente a la Familia Profesional Producción Agropecuaria, para su implementación en instituciones de Educación Superior de la Provincia de Mendoza; y CONSIDERANDO: Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 reconoce a la Educación Técnico Profesional como una modalidad del Sistema Educativo Nacional y establece la responsabilidad del Estado en la promoción de una formación vinculada con las necesidades del desarrollo productivo y social; Que la Ley de Educación Superior N° 24.521 establece el marco regulatorio de la Educación Superior y contempla las condiciones para la organización y reconocimiento de las instituciones y carreras de este nivel; Que la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 establece el marco específico para la Educación Técnico Profesional y dispone la articulación entre las políticas educativas y las necesidades del desarrollo científico, tecnológico y productivo; Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Que la propuesta se encuadra en el ámbito de la Educación Técnico Profesional de Nivel Superior y define el perfil de Técnico/a Superior en Producción de Cannabis y Cáñamo, correspondiente a la Familia Profesional Producción Agropecuaria; Que la consolidación de los marcos regulatorios vinculados con el acceso medicinal, la investigación, la producción controlada y el desarrollo del cáñamo y el cannabis requiere perfiles técnicos capaces de intervenir en procesos productivos bajo parámetros agronómicos, sanitarios, documentales, ambientales y de trazabilidad; Que la RESOL-2023-6467-GDEMZA-DGE de la Dirección General de Escuelas aprobó la Formación Profesional de Nivel III “Encargado/a consciente de cultivo de Cannabis sativa”, constituyendo un antecedente formativo jurisdiccional relacionado con el campo profesional de la presente propuesta; Que la Tecnicatura Superior en Producción de Cannabis y Cáñamo amplía y profundiza la formación vinculada con el ciclo productivo, integrando saberes de genética, propagación, fisiología vegetal, sanidad, agua y nutrición, tecnologías de cultivo, calidad, sostenibilidad, trazabilidad y normativa; Que el diseño curricular establece un perfil profesional orientado a planificar, organizar, conducir, supervisar, registrar y evaluar sistemas de cultivo legalmente autorizados de cannabis y cáñamo, tanto a campo como en estructuras protegidas y ambientes controlados, dentro de los alcances propios del título y sin invadir incumbencias reservadas a profesiones reguladas; Que la estructura curricular articula los campos de Formación General, Formación de Fundamento, Formación Específica y Prácticas Profesionalizantes, con una progresión formativa orientada al desarrollo de capacidades y desempeños profesionales; Que las Prácticas Profesionalizantes se integran progresivamente a la trayectoria formativa y culminan en una instancia de intervención integral y Trabajo Final Integrador, favoreciendo la articulación entre los saberes desarrollados y las situaciones propias del campo profesional; Que para la implementación de la carrera se establecen condiciones de infraestructura, equipamiento, instalaciones, ámbitos de prácticas, convenios y recursos formativos acordes con las características técnicas y regulatorias del sector; Que se prevén perfiles docentes vinculados con los campos profesionales y formativos correspondientes, priorizando la formación docente acreditable y los antecedentes y experiencia pertinentes, y estableciendo experiencia laboral en el campo para los espacios de Prácticas Profesionalizantes; Que el Régimen Académico Marco aprobado por RESOL-2024-1286-GDEMZA-DGE y el Régimen de Equivalencias establecido por RESOL-2024-3971-GDEMZA-DGE constituyen el marco jurisdiccional para las condiciones de cursado, regularidad, evaluación, acreditación, promoción y reconocimiento de saberes y trayectorias formativas; Que la Dirección General de Escuelas, a través de la Dirección de Educación Superior, ha intervenido en el análisis y evaluación de la propuesta curricular, verificando su pertinencia y adecuación al marco normativo correspondiente; Que corresponde, en consecuencia, aprobar el Diseño Curricular jurisdiccional de la Técnicatura Superior en Producción de Cannabis y Cáñamo y establecer las condiciones para su implementación en el ámbito de la Educación Superior de la Provincia de Mendoza; Que obra el Visto Bueno en orden 5 de la Subsecretaria de Educación; Por ello, Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial EL DIRECTOR GENERAL DE ESCUELAS RESUELVE: Artículo 1ro.- Apruébese el Diseño Curricular jurisdiccional de la carrera “Técnicatura Superior en Producción de Cannabis y Cáñamo”, que como Anexo (archivo embebido) forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2do.- Dispóngase que, para la implementación de la oferta educativa, los Institutos de Educación Superior deberán contar con la autorización previa de la Dirección de Educación Superior para la apertura de la carrera y la matriculación de estudiantes, de conformidad con la normativa jurisdiccional vigente. Artículo 3ro.- Tramítese, por intermedio de la Dirección de Educación Superior, el reconocimiento de la Validez Nacional de la carrera aprobada, conforme a la normativa vigente del Ministerio de Educación de la Nación y del Consejo Federal de Educación. Artículo 4to.- Comuníquese a quienes corresponda. LIC. TADEO GARCÍA ZALAZAR NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.ar S/Cargo 02/10/2026   (1 Pub.)